PRIMERO: Se acuerda a favor del acusado ESTEBAN ORLANDO RODRIGUEZ FIGUEROA, titular de la Cedula de Identidad V- 4.608.359, Fecha de Nacimiento: 26-12-1950, Edad: 59 años; Lugar de Nacimiento: Guairi- Parroquia Camacaro , Hijo: de Francisco Rodríguez y Juana Figueroa, Profesión u Oficio: Agricultor; Grado de Instrucción: 4to Grado de Primaria, Residenciado en: Guairi, calle Principal. Sector Quebrada de Piedra. Rio Tocuyo- Carora- Estado Lara. Teléfono: 0452-4153247, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA (Menos Graves), previsto y sancionado en el encabezamiento y segundo aparte del articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el articulo 413 del Código Penal, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de un (01) año, contado a partir de la primera presentación ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario con sede en este estado, conforme a los artículos 4.....