PRIMERO: Se acuerda a favor del acusado YIMMY GREGORIO GONZALEZ ADJUNTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.345.170, natural de Carora, Estado Lara, fecha de nacimiento 04-07-1977, edad 33 años, hijo de Soraida Josefina González y de Gregorio González, estado civil: casado, Grado de Instrucción: Bachiller, de profesión u oficio: Operador de Montacarga, domiciliado en Quebrada Arriba, Municipio El Blanco, calle Principal , parte Baja, casa S/N, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 39 y encabezado del articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la medida de Suspensión Condicional del Proceso, por el lapso de prueba de un (01) año, contado a partir de la primera presentación ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema penitenciario con sede en este estado, conforme a los artículos 42, 43 del Código Orgánico Procesal Penal y se le imponen las c.....