DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.12 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: Primero: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en PLENA PROPIEDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: CARLOS LUIS VASQUEZ VASQUEZ, C.I Nº 20.502.893, en su condición de propietario, Domiciliado en la calle Socorro entre Jacobo Curiel y Av. El Torrilla, El Barrio Carorita, casa Nº 20-05, de esta ciudad de Carora. Segundo: Oficiar al Estacionamiento judicial Inversiones Cupertina, C.A, Carora, que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del Vehículo: CLASE: MOTOCICLETA; TIPO: PASEO; MARCA: UNICO; MODELO: JAGUAR, AÑO: 2008, COLOR: AZUL, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA: LDXPCML0281A00965, SERIAL DE MOTOR: XDL163FML08901921, PLACA: S/P.
Sírvase entregar los documentos originales del vehículo solicitado.
Notifíquese a las Partes. Regístrese.....