Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 12 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los ciudadanos ORLANDO JOSE ESCOBAR ACOSTA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.997.447, ANDERSON RAFAEL CASTRO MENDOZA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.951.887, ANDERXON JOSE TEJERA CARRASCO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.003.869, y JESUS ENRIQUE HURTADO RAMIREZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.016.369, en virtud de que se les atribuye la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en los artículos 277 y 470 segundo aparte, del Código Penal, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley contra l.....