DISPOSITIVA
Por las razones supra indicadas, este Tribunal de Control Nº 11, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida por el delito de Lesiones Graves previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, a favor del ciudadano EDWARD OSWALDO CASTILLO PEÑA, ya identificado, de conformidad con lo previsto en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Notifíquese a las partes, líbrese Boleta de inmediata Libertad y ofíciese en este sentido al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental Uribana, Barquisimeto Estado Lara.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Carora a los Veintiocho (28) días del mes de Junio del 2.005. Año 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
EL JUEZ DE CONTROL NRO. 11
ABG. SULEIMA ANGULO GOMEZ
LA SECRETAR.....