DISPOSITIVA
Por las razones supra indicadas, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 11 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Una vez escuchada la solicitud realizada por el Ministerio Público y la defensa este Tribunal declara CON LUGAR el sobreseimiento de la causa conforme a lo establecido en el Art. 300 numeral 3 del COPP. Se ordena la remisión de las actuaciones una vez firme la presente decisión al Archivo Judicial a los fines de su resguardo y custodia. SEGUNDO: Se acuerda la práctica del examen médicos, psiquiátrico, psicológicos y sociales ante la ONA, como lo dispone el articulo 141 de la Ley Orgánica de Drogas de los imputados 1) BAUDILIO JOSÉ ZAMBRANO MELÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.932.725 y 2) ENDI ROBERTO BRIZUELA, venezolano.....