DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, Este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión Carora, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA la entrega del vehículo, ya identificado, al Ciudadano ATANACIO ANTONIO ALVAREZ ALVAREZ, C.I. Nº 5.938.362, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.-Notifíquese.-
El Juez de Control Nº 11,
Abg. Jose Teodoro Bonilla
La Secretaria De Sala,
Abg. Milagros Millano de Goncalves