DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control Nº 11, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: ACUERDA al ciudadano OSWAL RAFAEL OVIEDO TORRES, Portador de la cedula de identidad Nº V-25.144.235, la Suspensión Condicional del Proceso por el Lapso de 6 Meses, por el delito de POSESION DE DROGAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley de Drogas, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
- La de residir en un lugar determinado, razón por la cual no podrá cambiar de domicilio sin previa notificación al Tribunal y al delegado de prueba
- Permanecer en un trabajo estable.
- No verse involucrado en otro hecho delictivo
- Realizar 01 trabajo comunitario por mes, en el CONSEJO COMUNAL donde reside, que no obstruya su jornada laboral, pudiendo ser fines de semanas.
- No portar ningún tipo de arma, ni consumir ningún tipo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y se les sol.....