DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, Este Tribunal de Control Nº 3, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a la Fiscalía Undécima del Ministerio Público del Estado Lara o al Fiscal que designe la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Lara, para que Destruya la Droga Incautada, correspondiente a NUEVE KILOGRAMOS, OCHOCIENTOS VEINTIUN GRAMOS CON NOVECIENTOS MILIGRAMOS DE COPCAINA (09 KLGS, 821 GRS., 900 MGS. DE COCAINA), de acuerda a la experticia Nº 9700-127-ATF-1749-12, de fecha 25 de Junio de 2012, emitida por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC), la cual debe realizarse mediante INCINERACIÓN, las que se encuentran depositadas en la sala de Evidencias de la Estación Policial Carora del Cuerpo de Policía del Estado Lara, debiendo asistir a la misma, un Funcionario o Funcionaria de la Policía de Investigaciones Penales, un Experto o Experta del mismo Cuerp.....