DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control Nº 10 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra los ciudadanos DANIEL ALEXANDER PACHECO ROMERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.799.486 Y 2) ALEJANDRO JOSE SARACHE, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.660.414, en virtud de que se le atribuye la comisión de los delitos de SECUESTRO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 3, y los numerales 2, 9, 16 del articulo 10 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, además de Delito de ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el Artículo 16 de la Ley contra la Delincuencia Organizada, llenos como están los extremos del artículo 250 y 251 numerales 2º, 3º, Parágrafo Primero y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordenó la continuación del presente asunto por.....