PRIMERO: Se Decreta el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el art. 45 en concordancia con el art. 318 ord. 3º del Código Orgánico Procesal Penal y ord. 7º del art. 48 ejusdem. SEGUNDO: Se ordena la remisión de las actuaciones una vez firme la presente decisión al Archivo Judicial. Quedan Las partes notificadas de los fundamentos de la decisión dictada en este Acto. La secretaria da lectura al acta y al culminar la misma, con la cual se dan por notificadas las partes, de conformidad con el artículo 175 del COPP y requirió del alguacil la verificación de la hora, quien anunció la misma y el juez dio por terminado el acto siendo las 10:20 a.m. Quedan las partes presentes notificadas. Es todo se Terminó, se leyó y firman:
La Juez de Control Nº 10
Abg. ILEANA NOHEMI ROJAS ROJAS
La Secretaria de Sala