Decisión
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena al joven DATOS OMITIDOS, reinicie la medida de Semilibertad en el Centro Socio Educativo Doctor Pablo Herrera Campins, los días sábados y domingos desde las 8:30 am hasta las 5:00 pm, con la advertencia de que su incumplimiento dará motivo a la Privación de Libertad establecida en el artículo 628 Parágrafo Segundo literal c de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese boleta de Libertad y déjese sin efecto la orden de captura.