Por todo lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se acuerda en beneficio del sancionado (Identidad Omitida) el permiso de salida del centro de reclusión para estudiar el Bachillerato los días viernes 2:30 p.m. hasta 7:30 p.m. en el Instituto Simón Rodríguez. Debiendo regresar los días sábados a las 8:00 de la mañana. Con respecto a la revisión de la medida, se declara improcedente, en virtud de que no consta la actualización del Plan Individual por parte del Equipo Multidisciplinario, ni su evaluación. Por lo que se acuerda dictar un pronunciamiento sobre la revisión una vez que el equipo multidisciplinario que asiste a esta Sección, elabore un Informe Integral a fin de determinar si el joven está apto para reinsertarse en la sociedad. En .....