DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en ejecución de sentencia, ordena al adolescente sancionado DATOS OMITIDOS, plenamente identificado a cumplir la medida de Privación de Libertad por el término de un (01) año y veinte (20) días hasta el día de hoy, y que vencen el 05 de junio del 2010, la cual será cumplida en la Penitenciaría General de Venezuela, San Juan de los Morros, estado Guárico.
Se ordena al Equipo Técnico que asiste a esa Sección, la elaboración al sancionado del Plan Individual de conformidad con lo establecido en el artículo 633 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con el artículo 27 de las Reglas de Beijing.
Fíjese Audiencia para el día 03 de junio de 2009, a las 10:30am, para la Imposición de la presente decisión, con la información a los notificados que tendrán la posibilidad de efectuar las ob.....