DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta la cesación definitiva de la medida de privación de libertad a favor del joven IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, en virtud de la extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento de la sanción de Privación de Libertad como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, por los delitos de Robo Genérico, previsto en el artículo 455 del Código Penal, Líbrese boleta de Libertad. Remítase copia de la decisión al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro-Occidental, indicándole la observación que precede. Notifíquese a la Defensa y a la Fiscal 19 del Ministerio Público