DECISIÓN
Por todo lo expuesto, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta la cesación de la sanción de Semilibertad, a favor del joven DATOS OMITIDOS en la causa seguida por los delitos de Robo Agravado de Vehículo Automotor en grado de Complicidad, Simple, previsto en los artículos 5, 6, numerales 1, 2, 3, de la Ley sobre el Robo y Hurto de Vehículos, en concordancia con el artículo 84 del Código Penal respectivamente. Notifíquese de lo decidido al joven sancionado así como a las partes. Líbrese oficio al Director del Centro Socioeducativo Dr. Pablo Herrera Campins a los fines de notificarlo de la presente decisión. Se ordena una vez que conste las notificaciones de las partes el archivo de las actuaciones.
Regístrese y Notifíquese.