DECISIÓN
Este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección Penal Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide, PRIMERO: Se Declara con Lugar la Detención en Flagrancia del adolescente arriba identificado, de conformidad con el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes SEGUNDO: Se acuerda seguir la causa por la vía del Procedimiento Ordinario. TERCERO: Se acoge la precalificación Fiscal del delito de HURTO EN GRADO DE TENTATIVA DE GANADO MENOR, previsto en el artículo 8 de la Ley Sobre la Actividad Ganadera, en concordancia con el primer supuesto del artículo 80 del Código Penal, y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. CUARTO: Se le impone al adolescente, la Medida Cautelar conforme al artículo 582 literales B y C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por lo que deberá permanecer bajo el cuidado .....