Este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Admite totalmente la ACUSACION, así como los medios de pruebas promovidos por el Ministerio Publico los cuales son: 1-TESTIMONIO de la ciudadana DATOS OMITIDOS,2- TESTIMONIO del DETECTIVE MARIO OCHOA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, penales y criminalisticas, el cual puede ser ubicado en ese cuerpo de investigación, TESTIMONIO en calidad de 3.-EXPERTO DEL DR FRANCO GARCIA VALECILLOS, adscrito a la medicatura forense de Barquisimeto, quien puede ser ubicado en la sede de medicatura forense de Barquisimeto, 4.-TESTIMONIO del DETECTIVE MARIO OCHOA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, penales y criminalisticas, el cual puede ser ubicado en ese cuerpo de investigación.5.- TESTIMONIO de la LIC KARLA DE JESUS, titular de la cédula de identidad 17.574.374,6.- CON LA.....