Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, a favor de los adolescente (Identidades Omitidas), ambos de 17 años de edad, el primero nacido el (datos omitifdos), titular de la Cedula de Identidad (datos omitidos), hijo de (Identidades Omitidas), domiciliado en (datos omitidos) y el segundo nacido el (dato omitido), titular de la Cédula de Identidad (Indocumentado), hijo de (Identidades Omitidas), con domicilio en (dato omitido). Por el delito POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, CON FINES DISTINTOS AL CONSUMO PERSONAL, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; de conformidad con lo establecido en el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Notifíquese a las partes, a la defensa privada en el domicilio.....