DISPOSITIVA
¿ Por lo antes expuesto este Tribunal del Control Nº 1, de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: De la revisión de las actas que conforman el presente asunto, donde los funcionarios del CICPC delegación San Juan, dejan constancia del tiempo, modo y lugar donde fue detenido el Joven DATOS OMITIDOS, igualmente consta cadena de custodia de la droga incautada, tomando en consideración la cantidad incautada, según la prueba de orientación, considera quien decide, que se dan los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente y decide: 1.-) Se acuerda la APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. Conforme al artículo 557 de la LOPNNA, se ordena la tramitación de la causa por la vía del PROCEDIMIENTO ABR.....