DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 01 de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES, en el proceso que se le sigue a el adolescente DATOS OMITIDOS, a quien se le imputo el delito POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, ocurrido en fecha 05-01-2011; de conformidad con el artículo 314 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la cesación de las medidas cautelares y la condición de imputado del adolescente. Regístrese y Notifíquese.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 1
ABG. TABANIS BASTIDAS CALDERAS