/Este Tribunal de Ejecución Nº 4, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE REDENCIÓN DE LA PENA POR EL TRABAJO Y EL ESTUDIO solicitada por el penado JUAN AGUSTIN LIZARSADO VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.402.207, por el lapso de SEIS (6) MESES y VEINTIÚN (21) DÍAS , de la pena que le fue impuesta. PUBLIQUESE Y CUMPLASE-.