DISPOSITIVA:
Se procede a actualizar el cómputo de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 484 ejúsdem: Los ciudadanos WILFREDO JOSE MORENO VARGAS, venezolano, nacido el 11/12/80, de 21 años de edad, Agricultor, Soltero, hijo de Evangelistas Vargas y Domingo Moreno, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.309.262 y residenciado en Calle Principal Casa S/N de la Población de la Pastora Municipio Torres Estado Lara y EDUARDO ANTONIO CARDENAS, Venezolano, nacido el 16/01/81, de 21 años de edad, Soltero Agricultor, hijo de Neyi Cárdenas y Cornelio Linárez, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.442.356 y residenciado en Calle Principal Casa S/N de la Población de La Pastora Municipio Torres Estado Lara, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal. Ejecútese y hágase el cómputo de con.....