DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al ciudadano FREDDY GERARDO FIGUEROA, C.I.V-Nº 16.956.606, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal. Y por cuanto se verifico por el Sistema Juris 2000, que este ciudadano tiene otra causa según asunto KP01-P-2010-016995, por el Tribunal de Control Nº 07, donde en fecha 26 de Noviembre del 2010, se le dicto Medida Privativa de Libertad, y a la cual se encuentra sujeta, se declara la Extinción de la Responsabilidad Criminal, solo por el presente asunto.
Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Defensa y al Ciudadano. Se ordena el Archivo de las Actuaciones.
Regístrese, Pu.....