Se procede a reformar cómputo de fecha 13-11-09, en virtud de la revocatoria del Régimen Abierto otorgado al penado: DAVID RAMÓN REVILLA TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 12.850.870, fecha de nacimiento: 12-02-76, Edad 34 años, Profesión U Oficio Obrero, Residenciado En El Barrio José Gregorio Hernández, Calle Principal, Manzana E, Nº 86, a dos Cuadras de La Escuela, Hijo de Albarito Revilla y Juana De Revilla, quien fue condenado en fecha 07-11-06 por el Tribunal de Itinerante de Juicio N° 13 de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias previstas en el artículo 13 del Código Penal, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, con el agravante del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Consta en autos que los penados DAVID RAMÓN REVILLA TORREALBA, fue detenido en f.....