/Este Tribunal tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, y se DECRETA LIBERTAD PLENA, por el cumplimiento de condena al penado: JUNIOR FERNANDO CASTILLO CAMPOS, cédula de identidad Nº 16.750.038, condenado, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y OCHO (08) MESES de PRISION, por la comisión del delito de Robo de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores Y Uso de adolescente para Delinquir previsto y sancionado en el artículo 264 de la LOPNA, por cuanto la pena fue cumplida en su totalidad. Todo de conformidad con el artículo 105 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 479, ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, al penado y a la defen.....