Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado LUIS ENRIQUE BARRETO QUERALES C.I. Nro. 13.567.083, mayor de treinta años de edad, soltero y residenciado en el Barrio Cerritos Blancos, vereda 15 entre calles 2 y 3 en Barquisimeto, estado Lara, actualmente recluido en el Internado Judicial de Centro Occidente (URIBANA) por lo que, habiendo cumplido la totalidad de la pena corporal que le fuera impuesta, se ORDENA SU LIBERTAD PLENA de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 44.5. de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrense las correspondientes boletas de libertad, con men.....