Este Tribunal de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara prescrita la pena a cumplir por los ciudadanos José Etanislao Soto Piedra y Argenis Enrique Arrieta, en los autos identificados, y en consecuencia ordena la inmediata libertad de los mismos.
Publíquese, Regístrese. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y a la defensa de los penados, y líbrese la correspondiente boleta de excarcelación. REGISTRESE Y CUMPLASE
LA JUEZ TITULAR SEGUNDA DE EJECUCION,