/Este Tribunal de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida en el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA, al penado ESCALONA ESCALONA LUIS ALBERTO, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.306.024, el BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de UN (01) AÑO, UN (01) MESE Y CINCO (05) DIAS, a partir de su presentación en la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario Nº 5 del Estado Barinas, situada en la Avenida Sucre entre calles Pulido y Arismendi al lado de la Inspectoría de Transito, Barinas. Teléfono: 0273-5334978, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese. Ofíciese al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 5 del Estado Barinas, situada e.....