/Este Tribunal de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida en el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA, al penado, Diego Luís Mendoza Torrealba, titular de la cédula de identidad Nº 5.241.180 venezolano, soltero, de 53 años de edad, nacido el 12/091956, natural de Barquisimeto Estado Lara, grado de instrucción Universitario, y domiciliado en la calle 54, entre 18 y 19, residencias ciudad del sol, torre norte, apartamento 14-4, Barquisimeto Estado Lara, el BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de tiempo que le falta por cumplir que sería, Cuatro (04) Meses y Quince (15) Días de Prisión, a partir de su presentación en la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario del Estado Lara, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en el artículo 493 del Código O.....