D I S P O S I T I V A.
Por las razones anteriores, este Tribunal de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE LIBERTAD CONDICIONAL, al penado VICTOR GREGORIO RUIZ PEREZ, Titular de la Cédula de Identidad No. 9.213.977, pudiendo solicitar el beneficio subsiguiente en virtud de que tiene las ¾ partes de la pena cumplida y su pena extingue el día 27-06-03.
Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en relación con los artículos 7, 19, 24 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
Regístrese la presente decisión. Líbrese la correspondiente Oficios y remítase copia al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara, y al Director del Centro de Tratamiento Nilda Lucrecia Hernández del Estado Lara. Ofíciese a la Unidad.....