Vista la reforma parcial de Código Orgánico Procesal Penal según Gaceta Oficial No. 5930 de fecha 04-09-09 y artículo 60 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicos, el penado puede optar a la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, así como las formulas alternativas de cumplimiento de pena, como son:
DESTACAMENTO DE TRABAJO al tener cumplido 1/4 de la pena impuesta, es decir al Año (01) y Tres (03) meses, que sería a partir del 20-04-11.
ESTABLECIMIENTO ABIERTO al tener cumplido 1/3 de la pena impuesta, es decir al Año (01) y Ocho (08) meses, que sería a partir del 20-09-11.
LIBERTAD CONDICIONAL al tener cumplido 2/3 parte de la pena impuesta, es decir a los Tres (03) años y Cuatro (04) meses, que sería a partir del 20-05-13.
CONFINAMIENTO al tener cumplido 3/4 parte de la pena impuesta, es decir a los Tres (03) años y Nuev.....