DISPOSITIVA:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley OTORGA al penado: LUIS FELIPE BRITO, titular de la cédula 7.444.328, PERMISO EXTRAORDINARIO DE PERNOCTA, el cual deberá cumplir en la siguiente dirección: AGUA VIVA, SECTOR LAS TUNAS II, CALLE AYACUCHO de Cabudare, Estado Lara, cumpliendo las presentaciones diarias y obligaciones en el centro de tratamiento Comunitario Dra. Nílda Lucrecia Hernández, y las condiciones que le imponga su Delegado de Pruebas. Todo de conformidad con los artículos 1,2 de la ley de Régimen Penitenciario, articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el articulo 47 del Reglamento Interno del Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández.- Notifíquese URGENTE al Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nílda Lucrecia Hernández, al penado, a la defensa y a la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público todos con cop.....