Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Mixto Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que me confiere la Ley, por unanimidad y con fundamento en los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a JOSÉ ANTONIO VALLES COLMENARES y JOSÉ DE LA CRUZ LEON RODRIGUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 9.610.066 y 7.389.117, respectivamente, por un término de prueba de UN (1) AÑO, se le imponen las siguientes condiciones: 1) Residir o mantener su residencia en la Jurisdicción de este Tribunal, y en caso de cualquier cambio de dirección necesario deberá participarlo a este Tribunal. 2) Prohibición de visitar lugares donde vendan sustancias estupefacientes y psicotrópicas. 3) Abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y bebidas alcohólicas 4) Deben participar en los programas especiales de tratamiento a los fin.....