Por las razones expuestas, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 48 numeral 1º y 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por extinción de la acción penal por la muerte de procesado PEDRO JOSÉ AGUILAR LUCENA, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.638.870. Notifíquese a las partes. Líbrese boletas de notificación. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.