Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en criterio sustentado en sentencia Nº 276 de fecha 20/03/2009, Sala Constitucional, DECLARA CON LUGAR la solicitud de las partes, y resuelve: Se decreta la nulidad de todas las actuaciones realizadas como son la acusación fiscal y la audiencia preliminar con su respectivo auto de apertura a juicio; se repone la causa al estado que sea realizada la imputación del ciudadano ENGELBER ESCALONA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.880.159, y se ordena remitir la causa a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público. Notifíquese a las partes Regístrese. Publíquese. Remítase. Cúmplase.