D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 6, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación del procedimiento especial contemplado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano JAVIER EDUARDO GIMÉNEZ MÚJICA, CÉDULA DE IDENTIDAD N° 13.855.279 no conoce ni edad ni fecha de nacimiento, hijo de Juan Ramón Giménez y Yolanda Guillermina Mújica, residenciado en Bobare, Urbanización Guillermo Luna, casa s/n con calle 12, cerca del ambulatorio nuevo, Estado Lara; por los hechos que le imputara el representante del Ministerio Público y que el mismo voluntariamente admitiera a través de su declaración, los cuales configuran el delito de Hurto Calificado Frustrado, previsto y sancionado en el Artículo 455 numeral 9 en relación con el Artículo 80 ambos del Código Penal. Se le impone l.....