D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos expuestos, se declara SIN LUGAR la solicitud de ampliación de la medida cautelar sustitutiva contenida en el numeral 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la obligación de presentarse tres (03) veces a la semana por ante la URDD, impuesta al ciudadano MARGUIN ALEXANDER PELEKAIZ ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.565.802, Todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 264 eiusdem. Líbrense los Oficios y las Boletas correspondientes.-