Ahora bien observa este juzgador las diligencias realizadas a los fines de la comprobación de la información suministrada por dicha ciudadana, no corresponde a la información obtenida de las jefaturas Civil, antes mencionada, todo lo cual basado en el principio de Buena fe, tuvo este juzgador a los fines de realizar todas las gestiones tendientes a la comprobación del mismo resultando infructuosa. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio N° 5, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda librar Orden de Captura al imputado Pedro José Yagua Alvarez, titular de la cédula de identidad N° 16.642.496, asimismo hágase comparecer con la Fuerza Pública a este Tribunal a la ciudadana Nelcy Vizcaya, titular de la cédula de identidad N° 7.337.989, a los fines determine y consigne los elementos probatorios dada su aseveración ante este Tribunal de notificar el fallecimiento del supra menciona.....