DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de este Circuito Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano Rafael Ramón Anzola Aguilar, titular de la cedula de identidad N° 4.383.955 y declara extinguida la Acción Penal, conforme a lo establecido en el ord. 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ord. 8° del articulo 44 ejusdem. Regístrese, notifíquese, y por cuanto el imputado se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de Uribana, se ordena su inmediata libertad. En Barquisimeto, a los veintiún días del mes de febrero del dos mil seis.