DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado N° 5 en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano WILLIAM RAFAEL HERNÁNDEZ GUZMÁN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 9.675.771, nacido el 02-05-70, de 26 años de edad, soltero, natural de Maracay Estado Aragua, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la Peña calle la Amapola rancho s/n Municipio Unión, Barquisimeto Estado Lara a sufrir la pena de tres años (03) de prisión por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO EN GRADO DE TENTATIVA previstos y sancionados en los artículos 456 en concordancia con el 80 primer aparte ejundem del Código Penal SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal (D); TERCERO: Se m.....