DISPOSITIVA.
Por lo antes expuesto este Tribunal de Juicio N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad y en su lugar Decreta la Privación Judicial Preventiva contra la ciudadana Crisvis Coromoto Mendoza, anteriormente identificado y ordena la reclusión en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.