Este Juzgado Cuarto de Juicio de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se Admite Totalmente la Acusación formulada por el Ministerio Público en contra del ciudadano JOSÉ LUÍS RAMIREZ SIERRA, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº 14.020.168, por la comisión del delito de Violencia Física y Psicológica, previsto y sancionado en los artículos 17 y 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, asimismo se admitieron totalmente los medios de prueba ofrecidos por la Vindicta Pública, por considerar esta instancia Judicial que los mismos son legales, lícitos, pertinentes y necesarios para el esclarecimiento de los hechos y determinación de la responsabilidad penal que es asumida por los acusados en ésta audiencia. Segundo: Se otorga como Medida Alternativa a la Prosecución del Pr.....