Este Tribunal de Primera Instancia Unipersonal en Función de Juicio Número Cuatro del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano DAVID ALEXANDER GONZALEZ ALVIZU, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.866.163, nacido el 03/03/80 en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, de 25 años de edad, de profesión u oficio Obrero, residenciado en urbanización La Sábila, manzana C, casa N° 12, Barquisimeto Estado Lara, asistido por el Defensor Privado Abogado José Filogonio Molina; por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el 80 segundo aparte del Código Penal, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el Artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo establecido en el ar.....