DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, amplia la medida cautelar sustitutiva de libertad, al imputado de autos Alexis Antonio Andrade Escalona, cédula de identidad Nº: 14.512.905, de conformidad con el artículo 256 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas ante el Tribunal cada 30 días y revoca la prohibición de salir del estado Lara sin autorización del Tribunal, a quien se le sigue la presente causa por el delito que la representación fiscal ha precalificado como Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal vigente para esa fecha.
Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
Juez de Juicio Nº 4
Abg. Leila Beatriz Ibarra Rojas Secretaria Administrativa
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