DISPOSITIVA
Escuchado los alegatos tanto del Representante del Ministerio Publico, la Defensa y declaración del Imputado, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ACUERDA:
PRIMERO: Se Declara Culpable y Penalmente Responsable al ciudadano Carlos José Díaz, por la Comisión del Delito de Robo Agravado previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal Vigente; oída la Admisión de los Hechos voluntariamente expuesta por el mismo, previamente impuesto de sus derechos y en atención en lo dispuesto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal lo Condena a cumplir la Pena de: Diez (10) Años de Prisión, mas las accesoria de Ley.
SEGUNDO: Se le mantiene la Medida de Privación de Libertad en el sitio de reclusión actual.
TERCERO: Por cuanto las partes (Acusado, Defensa y Fiscal del Ministerio Público) en la celebración del Juicio Oral y .....