este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de la Jurisdicción del estado Lara, en nombre de al República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE MEDIDA formulada por el Dr. HECTOR HERNANDEZ PEREZ, en su condición de Defensor Privado del imputado FERNANDO JESUS COLMENAREZ. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 250,251 y 264 del Código orgánico Procesal Penal.