DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INTERRUMPIDO EL PRESENTE JUICIO, conforme a lo establecido en el artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, debiéndose realizar de nuevo el Juicio, desde su inicio, fijándose fecha para el día 15 de Noviembre del 2006 a las 10:00 a.m., correspondiéndose notificar a las partes (Defensa, Fiscal del Ministerio Público y Víctima) y expedirse Orden de Traslado del imputado para la fecha señalada, por lo se acuerda remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de que lo distribuya a otro Juez de Juicio. Notifíquese a las partes.