DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado II de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, niega por improcedente la sustitución de la medida de coerción personal peticionada por la defensa de los ciudadanos Junior José Castillo Márquez, Marco Aurelio Ramírez Márquez, Andy José Colmenares y Javier Alexander Márquez, ut supra identificados, por la presunta comisión de los delitos de Distribución Ilícita Agravada de Drogas, tipificado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas en concordancia con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 163 eiusdem, Ocultamiento de Arma de Fuego y Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito de Robo, tipificados en los artículos 277 y 470 del Código Penal, permaneciendo incólume el decreto de Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictado en .....