Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de prorroga de medida cautelar, presentada por el Ministerio Público, y, en consecuencia ORDENA EL DECAIMIENTO de la medida cautelar privativa de libertad que pesa sobre los acusados: HEMBERTH EDUARDO GUDIÑO SALON y FRANKLIN LENIN TORRES OROPEZA, plenamente identificados en autos, a quienes se les sigue juicio por su presunta participación en los delitos de Concusión y Agavillamiento, decretándoles la libertad plena, quedan obligados los acusados, a comparecer por ante el Tribunal las veces que les sea ordenado, a los fines de la realización del juicio, so pena de que la omisión de esta obligación sea considerada como desacato al tribunal y se libre orden de captura a los fines de la realización del juicio,.....